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ESTOY CERCA DE MI EDAD DE PENSIÓN

Luego de varios años de trabajo y ahorro, llega el momento de tomar una de las decisiones más importantes en materia previsional: la pensión.

En el Sistema de Pensiones chileno, las mujeres tienen derecho a pensionarse a los 60 años y los hombres a los 65. Es posible hacerlo anticipadamente, si se cumple una serie de requisitos.

¿Cuáles son las modalidades de pensión y quién tiene derecho a cada una de ellas?

Retiro Programado

• Tienen derecho todos los afiliados al cumplir la edad legal de pensión.
• La pensión es pagada por la AFP.
• El monto es variable, porque se recalcula anualmente. A lo largo de los años va disminuyendo.

• Si el afiliado fallece, sus beneficiarios reciben pensión de sobreviviencia. En caso de que el afiliado fallezca, no existan beneficiarios de la pensión y quedasen fondos, estos se entregan como herencia a sus herederos.

• Los ahorros son de propiedad del afiliado y siguen invertidos en los multifondos de su AFP.

Renta Vitalicia

• Pueden optar a ella los afiliados que financien una pensión mayor o igual a la Pensión Básica Solidaria.
• El afiliado entrega sus ahorros a una compañía de seguros, que se obliga al pago de una pensión mensual.

• El monto de la pensión es fijo, en UF, para toda la vida del afiliado (vitalicia).
• Si el afiliado fallece, sus beneficiarios reciben pensión de sobrevivencia. El (la) cónyuge, recibe pensión vitalicia.

• El ahorro pasa a ser propiedad de la compañía de seguros, por lo tanto, no es heredable si el afiliado fallece y no existen beneficiarios.

Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida

• El afiliado se pensiona temporalmente a través de la AFP (Retiro Programado). Luego de este período, recibe la pensión de una compañía de seguros (Renta Vitalicia).
• El plazo de la Renta Temporal, el monto de las pensiones y

el traspaso del ahorro a la compañía de seguros se produce al momento de elegir la modalidad.

Renta Vitalicia Inmediata con Retiro Programado

En esta modalidad, los fondos del afiliado tiene en su cuenta individual de la AFP se dividen y con ellos se contrata, simultáneamente, una Renta Vitalicia Inmediata y una pensión por Retiro Programado.

RECOMENDACIONES:

• Recuerda que al cumplir la edad legal tienes derecho a pensionarte, pero no estás obligado a hacerlo.
• Busca la modalidad de pensión que más se ajuste a tu realidad y necesidades. Es importante considerar cuál es el grupo familiar, cuáles son tus beneficiarios, edad, longevidad de familiares directos y seguridad del ingreso (fijo-vitalicio o variable).
• El trámite de la pensión se inicia en la AFP con la solicitud del Certificado de Saldos. Posteriormente se realiza la consulta en el Sistema de Consultas y Ofertas de Montos de Pensión (Scomp). • Revisa si cumples los requisitos para retirar parte de tu ahorro como Excedente de Libre Disposición.
• Solicita en tu AFP simulaciones de pensión a diferentes edades. Así puedes evaluar el impacto de postergar la edad de pensión.
• No te apresures tomando decisiones importantes. Tómate el tiempo que consideres necesario y no aceptes presiones.

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