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SOY JOVEN ESTUDIANTE

EL ESTUDIANTE EMPIEZA MUCHAS VECES A REALIZAR SUS PRIMEROS TRABAJOS REMUNERADOS ESTANDO AUN ESTUDIANDO ALGUNA CARRERA DE EDUCACION SUPERIOR.  PUEDE SER UNA AYUDANTIA, UNA PRACTICA O UN TRABAJO PARA AYUDAR A FINANCIAR LOS GASTOS ASOCIADOS AL ESTUDIO. EN ESTAS OCASIONES YA HAY QUE TOMAR LAS PRIMERAS DECISIONES, ¿SERÉ MUY JOVEN PARA TENER QUE COTIZAR? PARA QUE SIRVEN LAS COTIZACIONES PREVISIONALES? SERA TIEMPO DE AHORRAR?

SOY PENSIONADO

Cuando ya se está pensionado, surgen una serie de dudas e interrogantes que es importante aclarar:

¿Se puede aumentar la pensión de alguna manera?
Aquellos pensionados que perciban una pensión menor a la PMAS ($317.085), que formen parte del 60% de la población más vulnerable, tengan 65 años o más y cumplan los requisitos de residencia, podrán optar al Aporte Previsional Solidario (ayuda económica para mejorar la pensión).

¿Estoy obligado a pagar el 7% de salud?

Están eximidos de este pago los pensionados mayores de 65 años que pertenezcan al 80% más vulnerable del país y que cuenten con Registro Social de Hogares.Se encuentran beneficiados de manera automática aquellos pensionados que reciben Pensión Básica Solidaria o Aporte Previsional.

¿Hasta cuándo dura la pensión? ¿Podría disminuir con el tiempo?
Si estás pensionado a través de Retiro Programado (AFP), la pensión se recalcula anualmente. El monto podría disminuir con el tiempo. Si estás pensionado a través de una Renta Vitalicia (compañía de seguros), la pensión es fija en UF Y vitalicia para el pensionado(a) y su cónyuge.

¿Qué ocurre con la pensión si el pensionado

fallece?

Estaba en Retiro Programado (AFP)

• Si existen beneficiarios, estos reciben pensión de sobreviviencia.

• Si no existen beneficiarios y queda ahorro en la cuenta, este se convierte en herencia para los herederos legales.

Estaba en Renta Vitalicia (compañía de seguros)

• Si existen beneficiarios, estos reciben pensión de sobreviviencia. • En caso de tener contratado período garantizado, se paga la misma pensión a los beneficiarios o beneficiarios de garantía.
• Si no existen beneficiarios y no hay período garantizado, se entiende terminado el contrato.

Recibía Pensión Básica Solidaria

Al fallecer termina el beneficio. Es un beneficio es personal e intransferible.

Recibía Pensión de Sobreviviencia

Si la pensión la recibe el (la) cónyuge y existen hijos con derecho a pensión, estos la verán mejorada.

RECOMENDACIONES:

• Al cumplir los 65 años, sin importar tu sexo, infórmate sobre la posibilidad de obtener el Aporte Previsional Solidario (APS).


• Las mujeres pensionadas a partir del 1 de julio de 2009 pueden tramitar un Bono por hijo nacido vivo o adoptado. Para ello, deberán dirigirse a la AFP o compañía de seguros que le paga la pensión, según sea el caso.

• Revisa si puedes optar a la exención de cotizar el 7% de salud.

• Recuerda que si tienes Retiro Programado, el ahorro sigue administrado en tu AFP. Tienes la posibilidad de cambiar de AFP y cambiar de fondo. La AFP cobra comisión por el pago de cada pensión, y cada una tiene sus propias comisiones.

Un afiliado que se pensione anticipadamente o al cumplir la edad legal pero continue trabajando no está obligados a cotizar, pero si lo hace pueden pedir recálculo de pensión con los nuevos aportes.

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